Expediente No. 1205-2013

Sentencia de Casación del 24/03/2014

"…Cuando un hecho con relevancia penal admite la calificación de dos normas penales, la dogmática considera que existe un concurso aparente de normas, y es aparente porque necesariamente debe seleccionarse una para realizar la subsunción típica. Los criterios que la ciencia penal establece para resolver este aparente concurso se basa en los principios de especialidad, de consunción y de subsidiariedad (…) Cámara Penal considera que en el presente caso debe aplicarse el principio de especialidad para resolver el caso, que además estaría en congruencia con el principio favor rei.
(…) Los artículos del Código Penal en concurso aparente, por contener supuestos de conducta similares y tutelar el bien jurídico libertad son: el 201 párrafo tercero del Código Penal (…) El problema se genera porque no queda claro en la reforma el propósito de este "secuestro", por lo que este cambio regula una conducta ya establecida en el artículo 203 en relación con el 204 que establecen el delito de detenciones ilegales agravadas (…) existe un principio que fue invocado en la apelación especial por los procesados, que es el favor rei, que resumidamente consiste en que, cuando dos normas penales sustantivas regulan la misma situación fáctica, debe preferirse la que es favorable al reo, que ha realizado la conducta prohibida. (…) Respecto de este principio "(…) la Corte en diversas ocasiones ha aplicado el principio de la norma más favorable para interpretar la Convención Americana, de manera que siempre se elija la alternativa más favorable para la tutela de los derechos protegidos por dicho tratado. Según lo ha establecido este Tribunal, si a una situación son aplicables dos normas distintas, debe prevalecer la norma más favorable a la persona humana…"